Una marca concedida por INDECOPI tiene una vigencia legal de diez (10) años contados desde la fecha de su concesión. Si deseas conservar la titularidad exclusiva de tu activo, debes tramitar oportunamente su renovación.
La Ventana Legal para Renovar
De acuerdo con el Artículo 61 de la Decisión 486, la solicitud de renovación puede presentarse ante INDECOPI dentro de dos periodos específicos:
- Plazo Ordinario: Durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de vencimiento del registro.
- Periodo de Gracia Extraordinario: Dentro de los seis (6) meses posteriores a la fecha de vencimiento. Durante este plazo de gracia la marca mantiene su plena validez legal.
Ventajas del Trámite de Renovación
A diferencia de una solicitud nueva:
- No se publica en la Gaceta: No existe periodo de oposición de 30 días, por lo que terceros no pueden cuestionar el trámite.
- No se evalúa nuevamente la registrabilidad: INDECOPI no examina si el signo es descriptivo; la renovación se otorga de manera simplificada.
- Conserva la antigüedad y fecha de prioridad: Mantienes intacta la fecha de origen de tu marca ante tribunales y competidores.
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